sábado, 12 de abril de 2014

ADMISIONES



CAPITULO II
DE LA ADMISION

ARTICULO 4º --(MODIFICADO, por el Articulo 13 del Acuerdo No 019 del 16-12-05.)
La admisión es el acto por el cual la Universidad selecciona académicamente, de la población estudiantil que voluntariamente solicite inscripción, a quienes de acuerdo con los requisitos mínimos establecidos por la institución pueden matricularse en cuales quiera de los programas que ésta ofrece.

-Ningún estudiante podrá cursar dos carreras simultáneamente.

1. ARTICULO 5º - (MODIFICADO, por el Articulo Primero del Acuerdo No 003 DEL 08-02-03).
Quien aspire ingresar a uno de los programas de pregrado, deberá inscribirse dentro de las fechas que señale la Universidad, presentando la siguiente documentación:

a. Formulario de inscripción debidamente diligenciado.
b. Copia del documento de identidad.
c. Exámenes de estado con puntaje no inferior al exigido por la Universidad.

CALIDAD DE ESTUDIANTE-UPC

PERDIDA DE CALIDAD DE ESTUDIANTE



SEGUN EL  REGLAMENTO ESTUDIANTIL.¿CUANDO SE PIERDE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE?


CAPITULO I
DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 3º -se pierde la calidad de estudiante:
1. Cuando se ha completado el ciclo de estudios previstos.
2. Cuando se haga uso sin causa justificada a juicio del Consejo Académico de la Universidad Popular del Cesar, del derecho de matrícula o de renovación de esta, en los plazos señalados por la universidad o después de vencidos los términos de reserva de que tratan los artículos 9º y 10º .
3. Por bajo rendimiento académico.
4. Cuando se haya impuesto una sanción académica o disciplinaria de forma temporal y permanente que anule dicha calidad.
5. cuando por enfermedad debidamente comprobada por el servicio médico de la universidad, el Consejo Académico considere inconveniente la participación temporal y definitiva del estudiante en la vida de la comunidad universitaria.

RE.GRADO-upc

REQUISITOS DE GRADO

¿QUE REQUISITOS LE EXIGE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR A SUS ESTUDIANTES PARA SU GRADO?


CAPITULO V
DEL RÉGIMEN ACADÉMICO PROGRAMACIÓN Y ASISTENCIA

ARTÍCULO 55º - GRADO: Los requisitos de grado y sus modalidades:
Los requisitos de grado al tenor de la Ley 30 del 28 de diciembre de 1992, cualesquiera sean sus modalidades deben orientarse en lo esencial a la investigación. En éste sentido el otorgamiento del grado por parte de la universidad, debe ser una retribución al estudiante por su aporte a la actividad investigativa.
Actualmente se puede tener en cuenta las siguientes modalidades de requisitos de grado:
1. Trabajo de Grado (Monografía)
2. Exámenes Preparatorios
3. Seminarios
4. Exención de estudiantes que obtengan 4.50 de promedio general y no hallan perdido nunca una o más materias, a lo largo de la carrera.
5. Semestre Industrial
6. Servicio Social Obligatorio
La exención a estudiantes con promedios generales de 4.50, sin perder asignaturas a lo largo de la carrera, es un procedimiento automático que debe cumplirse de acuerdo con las normas establecidas.
Las modalidades Semestre Industrial y Servicio Social Obligatorio, requieren reglamentaciones especiales, que las Facultades deben producir teniendo en cuenta las características de sus programas y las necesidades del entorno social.
De conformidad con la Ley 30 y del clamor evidente que exige una eficaz proyección de la universidad hacia la sociedad, el requisito más importante y tal vez único, para la obtención de títulos universitarios ha de ser el Servicio Social Obligatorio.

Este es un requisito que relaciona la investigación y el trabajo del estudiante al interior de las
comunidades humanas, en dinámica y armonía.

HABILITACION-upc

HABILITACIÓN DE MATERIAS


SI UN ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR A PERDIDO UNA ASIGNATURA TEÓRICA. ¿QUE OPORTUNIDAD LE BRINDA LA UNIVERSIDAD Y QUE DEBE TENER EN CUANTA PARA REALIZAR UNA HABILITACIÓN?


CAPITULO V
DEL RÉGIMEN ACADÉMICO PROGRAMACIÓN Y ASISTENCIA

ARTÍCULO 38º -Pruebas de habilitación: son aquellas que pueden presentar los estudiantes que han perdido asignaturas teóricas, con una nota no inferior a dos (2.0); la nota final de la asignatura será la del examen de habilitación. Las habilitaciones no son diferibles, salvo el caso de fuerza mayor, y antes de iniciarse el período académico.

ARTICULO 39º -(MODIFICADO, por el Articulo Décimo Primero del Acuerdo No 003 DEL 08-02-
03. Posteriormente MODIFICADO, por el Artículo Sexto de la Resolución 3580 del 26-12-03,
autorizada por el acuerdo No 046 del 12 -12-03).

El estudiante tendrá derecho a habilitar asignaturas siempre y cuando haya aprobado como
mínimo el 60% de los créditos matriculados en el semestre

TRANSFERENCIASEDE-UPC

TRANSFERENCIA INTERNA DE SEDE 


SI UN ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR POR RAZONES JUSTIFICADAS DESEA REALIZAR UNA TRANSFERENCIA INTERNA DE SEDE. ¿CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR Y QUE DEBE TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE REALIZAR ESTE PROCESO?

CAPITULO CAPITULO II
DE LA ADMISIÓN


El aspirante a transferencia interna debe llenar los siguientes requisitos:
a) Tramitar la solicitud en el Centro de Admisión de Registro y Control Académico, dentro de las fechas establecidas por la Universidad en el calendario académico.
b) Tener aprobado el ciclo básico o 30 créditos académicos.
c) Promedio ponderado general no inferior a 3.2

PARÁGRAFO: Las solicitudes de la transferencia entre la sede principal y sus seccionales y extensiones se consideran de carácter interna.

CONDICIONES DE APROBACIÓN - El Consejo de Facultad del respectivo programa hará el estudio de la solicitud de transferencia interna y tendrá en cuenta los siguientes parámetros:
a. Contenido Programático
b. Calificación aprobatoria de cada asignatura, no menor a 3.2.
c. Intensidad de Créditos igual o mayor a la exigida en el programa al cual solicita el traslado.
d. Disponibilidad de cupos

El Consejo de Facultad estudiará y emitirá el concepto correspondiente a:
a. Aceptación o negación del traslado
b. Asignaturas reconocidas
c. Calificaciones de las asignatura aceptadas
d. Ubicación Académica

La decisión tomada será remitida al Centro de admisiones, registro y Control Académico.
Toda transferencia estará sujeta a la disponibilidad de cupos e igualmente el estudiante deberá someterse al nuevo régimen de costo de matrícula, originado en el cambio de código estudiantil que produzca dicha transferencia.

PARAGRAFO: A ningún estudiante se le concederá más de una transferencia. El Centro de
Registro y Control Académico será el encargado de hacer cumplir este parágrafo.